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Jubilación patronal

La jubilación patronal es una pensión que paga el empleador (no el IESS) al trabajador que le sirvió 25 años o más. Esta herramienta verifica la elegibilidad y muestra el rango legal de la pensión mensual.

años

Continuos o interrumpidos

Situación

Tiene derecho a jubilación patronal

Con 25 años o más de servicio para el mismo empleador, el trabajador tiene derecho a una pensión mensual vitalicia a cargo del empleador (art. 216).

Rango de la pensión mensual (referencia legal)

$30,00$482,00

El valor final lo determina un cálculo actuarial; estos son el piso y el techo que fija la ley.

Cómo se calcula

El Código del Trabajo (art. 216) reconoce el derecho a jubilación patronal a quien trabajó 25 años o más, continuos o interrumpidos, para el mismo empleador. Con despido intempestivo entre los 20 y 24 años, procede una proporcional (art. 188).

El monto exacto de la pensión es un cálculo actuarial de renta vitalicia que depende de la edad y del fondo global acumulado, no una fórmula cerrada. La ley sí fija un piso ($30,00 mensuales) y un techo (la remuneración básica mínima unificada media del último año), por eso aquí se muestra ese rango como referencia.

No confundir con la jubilación del IESS (por vejez), que es distinta: la paga la seguridad social y requiere, en general, al menos 360 aportaciones mensuales y una edad mínima. Su cálculo usa el promedio de los cinco mejores años y un coeficiente por años de aportación.

Esta calculadora es una herramienta informativa de estimación. No reemplaza el cálculo oficial ni asesoría legal o contable. Los valores legales corresponden a la normativa vigente en 2026.

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