Trámites · Laboral

Cómo calcular el décimo tercero y el décimo cuarto sueldo

El décimo tercer y el décimo cuarto sueldo son remuneraciones adicionales obligatorias para las personas trabajadoras en relación de dependencia, establecidas en el Código del Trabajo.

El décimo tercero (o «bono navideño») equivale a una parte de lo que ganaste en el año; el décimo cuarto (o «bono escolar») equivale a un salario básico unificado (SBU).

Costo: No aplica (lo paga el empleador)

Requisitos

  • Estar en relación de dependencia (tener un empleador).
  • Para el décimo tercero: conocer todas las remuneraciones recibidas durante el período de cálculo.
  • Para el décimo cuarto: conocer el SBU vigente del año y el tiempo trabajado.

Paso a paso

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    Calcula el décimo tercer sueldo

    Suma todas las remuneraciones recibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y divide ese total para 12.

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    Calcula el décimo cuarto sueldo

    Equivale a un salario básico unificado (SBU) vigente. Si no trabajaste el período completo, se paga proporcional al tiempo laborado.

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    Ten en cuenta la proporcionalidad

    Si entraste o saliste del trabajo a mitad de período, ambos décimos se calculan en proporción al tiempo efectivamente trabajado.

Ten en cuenta

  • El décimo tercer sueldo se paga hasta el 24 de diciembre.
  • El décimo cuarto sueldo se paga hasta el 15 de marzo en el régimen Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto en el régimen Sierra y Amazonía.
  • El SBU cambia cada año por acuerdo del Ministerio del Trabajo; usa el valor vigente del año que estás calculando (no inventamos aquí un monto porque varía).
  • La persona trabajadora puede pedir que ambos décimos se acumulen y se paguen en una sola vez, o recibirlos mensualizados junto al sueldo.

Trámite oficial en:

Ministerio del Trabajo

EcuadorAPI no realiza este trámite ni cobra por él. Este enlace lleva al portal oficial de la entidad responsable.

Preguntas frecuentes

¿El décimo tercero paga aportes al IESS o impuesto a la renta?+

El décimo tercer y el décimo cuarto sueldo no están sujetos a aporte al IESS y no forman parte de la base para el impuesto a la renta, por su naturaleza.

¿A quién le corresponde el décimo cuarto?+

A toda persona trabajadora bajo relación de dependencia, incluidas las de servicio doméstico y por horas, proporcional al tiempo trabajado.